Obligatorio para empresas
Diseñamos protocolos de actuación frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo para tu organización, que son obligatorios para TODAS las empresas según la LOIEHM 3/2007 y la Ley Orgánica 10/2022:
Artículo 48 de la LOIEHM, TODAS las empresas, “deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo”.
Artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual indica que TODAS las empresas “deberán arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de estas conductas, incluyendo específicamente las sufridas en el ámbito digital”
Obligatorio para la administración pública
La resolución de 16 de marzo de 2023 crea el registro obligatorio de protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo de la administración pública.