Son un conjunto ordenado de medidas diseñadas, tras realizar un diagnóstico de situación, dirigidas a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
Plan de igualdad obligatorio para empresas
- El art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LOIEHM), establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
- Desde la entrada en vigor del Real Decreto 6/2019, de 1 de marzo, todas aquellas organizaciones con más de 50 personas en plantilla deberán contar con un plan de igualdad obligatorio.
- También están obligadas a un Plan de Igualdad si lo establece el convenio colectivo de aplicación o cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de sanciones por la elaboración y aplicación de dicho plan.
- Desde enero de 2021, con la entrada en vigor de los RD 901/2020 y 902/2020 se han establecido, adicionalmente, nuevas obligatoriedades en relación al registro retributivo anual obligatorio para todas las empresas, los ítems mínimos requeridos en el diagnóstico de los planes de igualdad, la composición de las mesas de negociación, los contenidos mínimos de las auditorías retributivas y el procedimiento de registro y publicación de los planes de igualdad.
Plan de igualdad obligatorio para cooperativas
- La ley orgánica 11/2023 regula el contenido del diagnóstico y planes de igualdad de las cooperativas de trabajo asociado y de otras cooperativas con más de 50 personas socias de trabajo.
Plan de igualdad obligatorio para administraciones públicas
- La resolución de 16 de marzo de 2023 establece la obligación, para todas las administraciones públicas (estatales, autonómicas y locales), de negociar y publicar en cada legislatura un plan de igualdad que deberá evaluarse anualmente.